Desde el Nuevo MAS damos a conocer a toda la opinión pública las actas de formación de la Izquierda al Frente por el Socialismo en los dos principales distritos del país: provincia de Buenos Aires y CABA; el mismo modelo se ha seguido en los 9 distritos donde se ha presentado este nuevo frente nacional de la izquierda
Héctor «Chino» Héberling
Criterios para la integración de las listas de Izquierda al frente por el socialismo (MAS – Nueva Izquierda) en Provincia de Buenos Aires
Los partidos integrarán las listas de candidatos de la Alianza en función de los siguientes criterios generales acordados en la mesa política paritaria del frente.
En las categorías provinciales, la distribución subsiguiente al primer cargo acordado a los fines de garantizar la rotación de cargos y la inclusión de candidatos de ambos géneros por parte de ambos partidos, se hará de la siguiente manera: el partido que no encabeza la lista correspondiente ocupará el 2° y 3°, luego el otro partido ocupa los lugares 4° y 5° y así sucesivamente se van intercalando hasta completar la lista.
En el caso de resultar electo algún cargo nacional, provincial o municipal, se establece que el mandato será compartido entre ambas fuerzas, 50% del mandato cada uno. Para lo cual el candidato del partido que detente el 1º período, deberá renunciar a mitad de su mandato, para que asuma el candidato de la otra fuerza. En caso de que en uno o más lugares se lograran obtener 3 (tres) cargos, el tercero será compartido la mitad exacta del mandato para un partido y la otra mitad para el otro. Comenzando por el partido que tenga el tercer lugar en esa lista. Siempre el partido que deba renunciar para compartir mandato, tiene que garantizar que el otro partido pueda asumir en el período que le corresponda.
En caso de que se tenga que compartir un Senador nacional, Diputado nacional, Senador provincial, Diputado provincial, Concejal o Consejero Escolar, el cargo específico y la responsabilidad política le pertenece al partido cuyo representante esté en ejercicio durante la mitad exacta del mandato y al otro durante la otra mitad hasta completar el mandato. Sabiendo que los cargos legislativos que se consigan son una conquista política del frente en su conjunto. Por estas razones, se establece que la denominación del cargo legislativo será el nombre de uno de los partidos más el del frente electoral en la primera mitad, cambiando el nombre del partido, en la segunda mitad del mandato. En caso de lograr dos o más cargos se conformará un interbloque.
Todas las decisiones políticas y organizativas que comprometan al frente en su conjunto serán tomadas de común acuerdo por nuestros partidos, en el ámbito de dicha mesa política.
Las listas de Izquierda al Frente por el Socialismo en sus distintos niveles se integrarán entre los candidatos de ambos partidos según se detalla a continuación:
DIPUTADOS NACIONALES: 1o Nuevo MAS; 2º) MST y así sucesivamente hasta completar la lista.
SENADORES NACIONALES: 1o MST; 2º) Nuevo MAS y así sucesivamente hasta completar la lista.
DIPUTADOS y SENADORES PROVINCIALES:
Primera Sección electoral: Senadores: 1o) Nuevo MAS, 2º) MST, 3º) MST, 4º) Nuevo MAS, 5º) Nuevo MAS y así sucesivamente hasta completar la lista. Segunda Sección electoral: Diputados: 1o) Nuevo MAS, 2º) MST, 3º) MST, 4º) Nuevo MAS, 5º) Nuevo MAS y así sucesivamente hasta completar la lista. Tercera Sección electoral: Diputados: 1o) MST, 2º) Nuevo MAS, 3º) Nuevo MAS, 4º) MST, 5º) MST y así sucesivamente hasta completar la lista. Quinta Sección electoral: Senadores: 1o) Nuevo MAS, 2º) MST, 3º) MST, 4º) Nuevo MAS, 5º) Nuevo MAS y así sucesivamente hasta completar la lista. Sexta Sección electoral: Diputados: 1o) MST, 2º) Nuevo MAS, 3º) Nuevo MAS, 4º) MST, 5º) MST y así sucesivamente hasta completar la lista. Octava Sección (Sección Capital): Diputados: 1o) MST, 2º) Nuevo MAS, 3º) Nuevo MAS, 4º) MST, 5º) MST y así sucesivamente hasta completar la lista.
Falta acordar las Secciones Cuarta y Séptima que serán encabezadas una por cada fuerza.
MUNICIPIOS:
En todos los municipios se establece el siguiente criterio general: el partido que no le corresponda ocupar el primer lugar en la categoría de concejales, encabezará la nómina de consejeros escolares de dicho municipio.
Primera Sección electoral: Morón: 1ª) NUEVO MAS; Escobar: 1º) MST; Gral. Rodríguez: 1º) MST; San Martín: 1º) NUEVO MAS; Hurlingham: 1º) MST; Ituzaingo 1 º) MST; José C. Paz: 1º) NUEVO MAS; San Fernando: 1º) NUEVO MAS; San Isidro: 1º) MST; Tigre: 1º) NUEVO MAS; Tres de Febrero: 1º) MST; Vicente López: 1º) NUEVO MAS; Merlo: 1º) MST; Moreno: 1º) MST; Pilar: 1º) MST.
Segunda Sección electoral: Pergamino: 1º) MST; San Nicolás: 1º) NUEVO MAS; San Pedro: 1º) MST.
Tercera Sección electoral: A. Brown: 1º) MST; Avellaneda: 1º)MST; Berazategui: 1º) MST; Berisso: 1º) NUEVO MAS; Ensenada: 1º) MST; E. Echeverría: 1º) NUEVO MAS; Florencio Varela: 1º) NUEVO MAS; Lanús: 1º) MST; Lomas de Zamora: 1º) NUEVO MAS; La Matanza: 1º) NUEVO MAS; Presidente Perón: 1º) MST; Quilmes: 1º) NUEVO MAS.
Cuarta Sección electoral: 9 de julio: 1º) MST; Chacabuco 1) NUEVO MAS; Junín 1ª) NUEVO MAS.
Quinta Sección electoral: Gral. Pueyrredón 1º) NUEVO MAS; Mar Chiquita 1ª) NUEVO MAS; Partido de la Costa 1ª) NUEVO MAS.
Sexta Sección electoral: Bahía Blanca 1º) MST.
Séptima Sección electoral: Bolívar: 1º) MST; Olavarría: 1º) MST.
Sección Capital: La Plata: 1º) NUEVO MAS.
Falta acordar: a) las municipalidades de San Miguel y Malvinas Argentinas que serán encabezadas una por cada fuerza; b) y el resto de los municipios que no figuran en el presente acuerdo.
La presente acta no sienta precedentes para futuros acuerdos.
Se confeccionan dos ejemplares originales.
La Plata, 13 de junio de 2017.
Por el Nuevo MAS
Ernesto Aldana Martín González Bayón
Por el MST
Guillermo Pacagnini Sergio García
Criterios para la integración de las listas de Izquierda al frente por el socialismo (MST – MAS) en la Ciudad de Buenos Aires
Los partidos integrarán las listas de candidatos de la Alianza en función de los siguientes criterios generales acordados en la mesa política paritaria del frente.
En la categoría de legislador por CABA, la distribución subsiguiente al primer cargo acordado a los fines de garantizar la rotación de cargos y la inclusión de candidatos de ambos géneros por parte de ambos partidos, se hará de la siguiente manera: el partido que no encabeza la lista correspondiente ocupará el 2° y 3°, luego el otro partido ocupa los lugares 4° y 5° y así sucesivamente se van intercalando hasta completar la lista.
En el caso de resultar electo algún cargo nacional o de la ciudad, se establece que el mandato será compartido entre ambas fuerzas, 50% del mandato cada uno. Para lo cual el candidato del partido que detente el 1º período, deberá renunciar a mitad de su mandato, para que asuma el candidato de la otra fuerza. En caso de que en uno o más lugares se lograran obtener 3 (tres) cargos, el tercero será compartido la mitad exacta del mandato para un partido y la otra mitad para el otro. Comenzando por el partido que tenga el tercer lugar en esa lista. Siempre el partido que deba renunciar para compartir mandato, tiene que garantizar que el otro partido pueda asumir en el período que le corresponda.
En caso de que se tenga que compartir un Diputado nacional o un Legislador de la Ciudad, el cargo específico y la responsabilidad política le pertenece al partido cuyo representante esté en ejercicio durante la mitad exacta del mandato y al otro durante la otra mitad hasta completar el mandato. Sabiendo que los cargos legislativos que se consigan son una conquista política del frente en su conjunto. Por estas razones, se establece que la denominación del cargo legislativo será el nombre de uno de los partidos más el del frente electoral en la primera mitad, cambiando el nombre del partido, en la segunda mitad del mandato. En caso de lograr dos o más cargos se conformará un interbloque.
Todas las decisiones políticas y organizativas que comprometan al frente en su conjunto serán tomadas de común acuerdo por nuestros partidos, en el ámbito de dicha mesa política.
Las listas de Izquierda al Frente por el Socialismo en sus distintos niveles se integrarán entre los candidatos de ambos partidos según se detalla a continuación:
DIPUTADOS NACIONALES: 1o) MST, 2º) Nuevo MAS y así sucesivamente hasta completar la lista.
LEGISLADORES DE CABA: 1o) Nuevo MAS, 2º) MST, 3º) MST, 4º) Nuevo MAS, 5º) Nuevo MAS y así sucesivamente hasta completar la lista.
La presente acta no sienta precedentes para futuros acuerdos.
Se confeccionan dos ejemplares originales.
Ciudad de Buenos Aires, 13 de junio de 2017.
Por el MST
Guillermo Pacagnini Sergio García
Por el Nuevo MAS
Ernesto Aldana Martín González Bayón