¿Ley Antiterrorista “para todos”?

 

 

La actual Ley Antiterrorista fue sancionada el 22 de diciembre de 2011. De esa fecha hasta el día jueves 14 de agosto pasó desapercibida para la gran mayoría de la población. Solamente las organizaciones de derechos humanos independientes e incluso algunas pertenecientes al arco kirchnerista (Abuelas y el CELS) y la izquierda revolucionaria se pronunciaron en contra. Todo el arco legislativo K, incluyendo a los más progres (Martín Sbatella, Carlos Heller y el mismo nieto de Estela Carlotto, Remo) la votaron a rajatabla. Volvió a aparecer en los medios a raíz del intento de utilización en el caso del periodista santiagueño Juan Pablo Suárez. Éste fue detenido y allanada su redacción por cubrir la nota de un policía que se encadenó en la plaza central de su provincia para reclamar por su salario. Los cargos fueron de “sedición” e “incitar a la violencia colectiva contra las instituciones”. Pero el juez no hizo lugar al pedido de aplicarla y la cosa ahí quedó. Lo que demuestra, por otra parte, más allá de cómo concluyó este intento, de que sí está pergeñada contra los derechos democráticos y de acción de los trabajadores y el pueblo.

En el anuncio de la Presidenta contra Donnelley, ahora rectificado por el titular de la Comisión Nacional de Valores, Alejandro Vánoli, la norma que se iba a utilizar era el inc. 1 del art. 309, ya que se entiende que la quiebra de la empresa gráfica esconde un fraude. La norma, en uno de sus párrafos, establece que “será reprimido con prisión de uno a cuatro años, multa de dos a ocho veces el valor de las operaciones realizadas e inhabilitación especial hasta seis años, el que por cuenta propia o ajena, directa o indirectamente, realizare actividades de intermediación financiera, bajo cualquiera de sus modalidades, sin contar con autorización emitida por la autoridad de supervisión competente”. (…)

La concreción de esta iniciativa fue tirada al tacho de basura, pero más allá de este hecho escandaloso, puso en el debate cotidiano los alcances y los fundamentos de esta regla. En primer lugar es así, no sólo porque “las leyes hay que cumplirlas”, como nos enseñan desde la escuela primaria. En este caso, al ser utilizada contra una patronal que cierra su planta, los trabajadores la pueden mirar con simpatía. O pueden pensar que “algo útil para nosotros podemos conseguir”, más aún cuando hay amenazas de más despidos y posibles cierres empresariales. “Tan mala no debe ser si logra que estos tipos pongan plata y encima vayan presos”, o tal vez, “¿es una ley contradictoria, tiene una parte buena y otra mala, la podemos desguazar?”, puede cruzar la mente de algunos compañeros.

 

El poder oculto de las leyes

 

Con el argumento de que “todos somos iguales ante la ley” se cometen las mayores injusticias, porque justamente, en una sociedad de clases, no somos iguales y por lo tanto, “todos somos distintos ante la ley”. Toda ley burguesa, sobretodo en una etapa donde pesan las relaciones entre las clases (Argentina postArgentinazo mal que les pese a muchos) y de funcionamiento de las instituciones democráticas donde hay mecanismos de discusión y debate, aunque no sean resolutivos, tiene “ganchos” o “trampas” para que parezca surgida “más allá del Bien y del Mal”, y que favorece a todos por igual, sin distinción de clase.

Los nuevos proyectos de ley antipiquete en danza tienen el señuelo de la amnistía para hacer pasar una de las reglamentaciones más represivas contra los que osen cortar una calle.

La Ley Antiterrorista, con ese carácter “universal”, de que es “contra todos los ciudadanos”, se puede usar a izquierda o a derecha de acuerdo a la situación. En este caso, era contra esta empresa que cierra, pero sólo contra ella, ya que no abarcaba a todo el arco empresario que está suspendiendo y despidiendo. Ahí demuestra que no es tan universal ni “equitativa”. Ni siquiera llegaba a plantas fabriles que están en el mismo parque industrial de Zona Norte. Pero más allá de este ítem, lo que demuestra que es contra los luchadores no es sólo por sus padrinos políticos (EEUU y el GAFI [1]), sino por lo que dice, tal cual fue usado contra el luchador de Santiago del Estero.

Entre los principales artículos, establece penas de cinco a veinte años al que intente “aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales, o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”, de cinco a quince años “al que recolectare o proveyera bienes o dinero (…) para financiar a una asociación ilícita terrorista (…) para la comisión de cualquiera de los delitos que constituye su objeto, independientemente de su acaecimiento”. ¿No puede utilizarse contra una colecta a favor de perseguidos o presos políticos o de una huelga?

Menos disimulado es el que otorga diez años al que se le ocurra “tener un plan de acción destinado a la propagación del odio étnico, religioso o político”. Muy semejante a la figura de “prepotencia ideológica” que se usó contra el dirigente Roberto Martino por sus declaraciones contra el Estado de Israel en el 2010. También puede ser usado contra todo aquel que luche y se organice para hacerlo contra el gobierno, sus instituciones y el Estado capitalista.

La ley está, su utilización depende de las políticas concretas que lleven adelante los gobiernos en beneficio de los intereses capitalistas. El sablazo “por izquierda” con el que arremetió Cristina, ahora sacándolo del ámbito “terrorista”, es la nueva fábula K (pero vieja en las arcas peronistas) para hacernos creer que luchan contra los empresarios. Ahora la denuncia de quiebra fraudulenta va a ser contra el SEC (Securities and Exchange Commission), el organismo de contralor bursátil estadounidense.

Por estas razones, aunque el gobierno haya “licuado” los cargos, tenemos que rechazar la ley en su totalidad. No hay medias tintas, ni posibles utilizaciones progresivas en el futuro. Si se hubiera llegado a aplicar contra esta empresa, el rasguño que le pudiera haber hecho no hubiera conseguido en sí mismo que se cumplieran los reclamos obreros, esencialmente la mantención de los puestos de trabajo.

Los intereses de los trabajadores en juego dependen esencialmente de las leyes de la lucha de clases: las relaciones de fuerza entre ellas dirimirán su desenlace. No significa que no acudamos a las leyes burguesas para proteger determinadas conquistas o preservar derechos, así como para negociar, en el caso de la ley de conciliación obligatoria. Pero creer en ellas como si fueran celestiales nos lleva seguro al infierno.

 

¡Abajo las fábulas K con el verso de que luchan contra los empresarios!

¡Luchemos contra la Ley Antiterrorista y todos los proyectos represivos!

¡Por la libertad y el desprocesamiento de todos los luchadores!

 

Ana Vázquez

 

Notas

[1] Grupo de Acción Financiera Internacional, organismo internacional que regula las acciones dirigidas a la lucha contra el lavado del dinero y la financiación del terrorismo. En reconocimiento a su buena letra, la Argentina fue removida en este año de la lista que estaba “en proceso de seguimiento”.

 

 

 

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