Socialismo o Barbarie, periódico Nº 149, 16/04/09
 

 

 

 

 

 

Contra las persecuciones gremiales y los despidos discriminatorios

Audiencia pública en la Corte Suprema

Por Daniel y Leonardo

La Corte ha llamado para este 15 de abril a una audiencia pública, un mecanismo novedoso, para interiorizarse y tomar posición sobre una serie de casos que han llegado a la misma sobre reinstalaciones al puesto de trabajo de compañeros que fueron despedidos luego de ser víctimas de persecución y discriminación. El fallo que dictará la Corte, quien no tiene plazo para hacerlo, es importantísimo porque establecerá la doctrina legal aplicable en relación a los despidos discriminatorios.

Para esta audiencia pública la Corte toma tres casos testigos, que si bien en principio se abocaría a solo uno, referido a la trabajadora Pellejero, invita a la mencionada Audiencia Publica a los abogados de los otros dos casos, Arecco contra Praxair y Parra Vera contra San Timoteo, siendo esta última asistida por los compañeros que componemos Abogados Laboralistas de Izquierda (ALI).

La Corte Suprema, en el fallo “ATE” efectúa un primer lineamiento con respecto a la interpretación que ha de darse a la “libertad sindical”, como parte de un impulso por debilitar el monopolio “pejotista” sobre la clase trabajadora.

Sin confiar en la Corte Suprema, pero aprovechando las fisuras del sistema legal burgués, somos optimistas de un posible desenlace favorable de los mencionados casos, el cual será un aliciente para continuar con la lucha por la reinstalación de los compañeros que son víctimas de la persecución patronal, entre ellos los compañeros despedidos de Fate que siguen firmes peleando por sus puestos de trabajo.


La causa Parra Vera

La compañera Máxima Parra Vera es una activista que se opuso a la política de la patronal. En los primeros días del 2005 fue perseguida y despedida porque junto a la Comisión Interna, de carácter anti-burocrático, se opuso a la extensión de la jornada laboral del personal de terapia intermedia e intensiva de 6 horas a 7 horas diarias sin abonarle ni un peso más.

Luego de un arduo proceso judicial donde en primera instancia obtuvimos un resultado adverso, no bajamos lo brazos y seguimos bregando por la reincorporación de la compañera injustamente despedida. Planteamos la nulidad de su despido por considerarlo discriminatorio, ya que la voluntad patronal de despedirla respondió al desempeño de Máxima como activista y defensora de los derechos laborales propios y de sus compañeros de trabajo, a pesar de no gozar de inmunidad gremial.

En junio de 2006 tuvimos una inmensa alegría al recibir la sentencia de la Cámara de Apelación del Trabajo donde se hizo lugar a la demanda de Máxima, representada por los compañeros de ALI, y se ordenó la reincorporación de la compañera en su puesto de trabajo, declarando la nulidad de su despido por haberse demostrado que fue un acto discriminatorio por motivos antisindicales. Pero además de la reinstalación en su puesto de trabajo, la sentencia ordena a la patronal abonar todos los meses de salarios que duró el conflicto, y lo que más le duele a la burguesía es que también ordena el pago de una suma de dinero a la trabajadora en concepto de daño moral por el despido discriminatorio.

La patronal presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tildando a tal sentencia de anticonstitucional, violatoria del derecho de propiedad, entre otras tantas acusaciones.